35 años después!
Hemos tardado 35 años en ver el primer SPM instalado, 35 años para que la Administración española se dé cuenta que esos guardarraíles que empezaron a instalar allá por el año 1971 eran asesinos de moteros…
Los moteros hemos tardado 32 años en que se nos empiece a tener en cuenta, desde las primeras medidas adoptadas, como la OC 18/04, hasta que se nos empezó a escuchar y a tener las primeras reuniones, tuvieron que pasar casi dos años más, luego se necesitó un año más para que se empezaran a instalar los primeros Sistemas para Protección de Motoristas (SPM), ahora ¡por fin!, empezamos a ver los primeros cientos de kilómetros protegidos con SPM. Hemos tardado 35 años en ver el primer SPM instalado, 35 años para que la Administración española se dé cuenta que esos guardarraíles que empezaron a instalar allá por el año 1971 eran asesinos de moteros, 35 años de muerte en la carretera para que nuestro querido Estado se decida a gastar el primer euro en evitar la muerte de más motoristas. Como dice el refrán, nunca es tarde si la dicha es buena, lo que pasa es que esta vez ha sido muy tarde, pero aun así nos hemos alegrado de ver los primeros SPM instalados. Sin embargo la alegría ha durado poco, la alegría ha durado lo que la AMM ha tardado en hacer la primera auditoría específica de SPM, nos hemos llevado la sorpresa del siglo.
¡ESTÁN INSTALANDO SPM NO HOMOLGADOS!
Sí, es cierto, desesperantemente cierto. Resulta que la Administración española se tomó la molestia de empezar a hacer las cosas bien, creó un criterio de instalación con la mencionada OC 18/04, que aunque demasiado escasa, fue un primer paso; al mismo tiempo impulsó el desarrollo de un estándar de calidad para poder “homologar” (*) los SPM, la UNE 135900. Con la UNE 135900 los motoristas nos garantizamos que cuando se instale un SPM “homologado”, tendremos la seguridad de que cumple con unos mínimos de calidad y protección, que funciona de verdad a la hora de protegernos en caso de accidente. Hay que reconocerlo, en esta ocasión el Ministerio de Fomento hizo un esfuerzo, que aunque a los motoristas nos parezca insuficiente, lo cierto es que fue pionero en Europa y que supuso la creación de unas normas y unos estándares que suponían una importante mejora de la protección de los motoristas. Pues bien, después de todo este esfuerzo, el propio Ministerio de Fomento está instalando sistemas no “homologados” en algunos tramos de carreteras de su competencia, y concretamente en alguno de los tramos más peligrosos de toda la red, como los de la N-340 a su paso por Granada y Cádiz. También es cierto que el propio Ministerio ha instalado ya muchos cientos de kilómetros con sistemas homologados de nivel I, y bien instalados por cierto, como los de la N-430, pero esto no les exime de seguir haciéndolo bien; y desde luego que no es de recibo que se use un sistema no homologado en ningún tramo de carretera de España, y menos de aun, de la Administración que conoce el problema y que sabe perfectamente cómo hacer las cosas bien. Los técnicos del Departamento de Seguridad Vial de la Asociación Mutua Motera son los que descubrieron el engaño, cuando tengáis esta revista en vuestras manos el Ministerio de Fomento habrá recibido la primera denuncia de esta situación por parte de la AMM y estaremos a la espera de su respuesta. La verdad es que resulta indignante; no solo tenemos que luchar por nuestra vida explicando el problema; exigiendo que nos escuchen; exigiendo que se tomen medidas; exigiendo que se apliquen las medidas aprobadas; sino que además tenemos que seguir siendo los usuarios los que luego auditemos las medidas ejecutadas para que no nos engañen. Por ahora y hasta que sepamos lo que ha sucedido y quien es el responsable, omitiré más pronunciamientos, pero sí tenemos una cosa clara, exigiremos responsabilidades, y lo más importante, exigiremos y conseguiremos que se subsane el problema y se instale un sistema “homologado” con todas las garantías para los motoristas.
(*) El término correcto es “aprobar”, pero uso el de homologar por ser más entendible en términos de andar por casa
Sumario n. 85
? Cual es la razon procesal de la irrecurribilidad de la resolucion,¿